Reglamento Europeo de Drones 2024
RD 2019/945 | RE 2019/947
– ACTUALIZADO –
Aunque, llevan en vigor desde su publicación en 2019, no es hasta el año 2021 cuando comienza su aplicación progresiva. Y, aunque inicialmente se tenían previstos los primeros cambios para el 1 de Julio de 2021, la situación provocada por la crisis sanitaria del COVID-19, obligó a retrasar los tiempos.
Desde hace ya 2 años tenemos disponible el nuevo Reglamento de Ejecución 2020/746, que modifica las fechas indicadas en el RE 2019/947, y fija unos nuevos plazos adaptados a la situación actual.
De esta forma, el calendario de aplicación del nuevo Reglamento Europeo sobre UAS, actualizado con los últimos plazos publicados, es el siguiente:
A partir de la aplicación del Reglamento Delegado 2019/945, se estandarizan los requisitos y especificaciones técnicas que deben incorporar, de manera obligatoria, los drones destinados a las operaciones bajo categoría abierta, específica o certificada (que veremos más adelante).
Además, también se incluyen los sistemas, aplicaciones y accesorios, que acompañan al dron; así como la información de seguridad y navegación que deberán incluir entre los manuales de la aeronave.
De los dos reglamentos nuevos, el que más nos interesa, tanto a pilotos como operadores, es el que regula su uso, el Reglamento de Ejecución 2019/947. Y es que, a partir de ahora, se establecen tres categorías operacionales diferentes, atendiendo al nivel de riesgo de la operación en sí misma.
De este modo, la clasificación quedará de la siguiente manera: categoría abierta para operaciones de bajo riesgo; categoría específica para riesgo medio; y categoría certificada para vuelos que presenten un nivel de riesgo alto.
Recuerda además, que deberás atender al RE 2020/746 de 4 de junio, que modifica el apartado de las fechas del RE 2019/947, para su adecuación al nuevo contexto internacional con motivo del COVID-19.
En esta categoría operacional se engloban los vuelos de bajo riesgo, para los que no se requerirá autorización previa ni tampoco declaración por parte del operador.
Las prohibiciones explícitas para la categoría abierta son:
Por otra parte, la categoría abierta establece una serie de requisitos a cumplir:
Adicionalmente, se establecen tres subcategorías diferentes en base a limitaciones operacionales, requerimientos a los pilotos y requisitos técnicos de los UAS.
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SUBCATEGORÍA
Para los drones de menos de 250 gr, de construcción privada previa a la norma, o de tipo C0 y C1, que vuelen sobre personas ajenas a la operación, se establece la necesidad de conocer el manual de la aeronave.
Además, para los de tipo C1, se tendrá que realizar un curso de formación online y superar un examen teórico, también online.
SUBCATEGORÍA
Esta subcategoría se establece para drones de tipo C2, es decir, de menos de 4 kg de peso que incorporen los sistema e-ID, low-speed y geo-awareness). Se permitirá el vuelo cerca de personas ajenas a la operación, siempre que se mantenga una distancia de seguridad de entre 5 y 30 metros.
Para ello, será necesario conocer el manual del dron y estar en posesión de un certificado de competencia, obtenido mediante formación y examen teórico-práctico.
SUBCATEGORÍA
Para drones de construcción privada o previa a la norma de menos de 25 kg, se permitirán operaciones en áreas alejadas de zonas residenciales, recreacionales, industriales o comerciales, en un mínimo de 150 metros.
Los requisitos serán el conocimiento del manual de usuario y la realización de un curso online con su respectivo examen.
El nuevo reglamento europeo dicta que, la categoría específica, se aplica a las operaciones que no encajan dentro de la categoría abierta, por razones de riesgo:
Además, deben cumplirse las siguientes condiciones adicionales:
Asimismo, si NO se vuela en los escenarios estándar (STS), especificados a continuación, el operador del dron deberá estar en posesión de una autorización operacional.
En el siguiente esquema, se pueden ver los requerimientos operacionales aplicables, según la naturaleza de cada operación.
Los requisitos generales para las operaciones englobadas dentro de la categoría certificada son:
Las normas detalladas relativas a la categoría certificada aún están en desarrollo a nivel de la UE.
Como hemos definido anteriormente, existen unos períodos de implantación del nuevo reglamento europeo. Por ende, todos los cambios expuestos, se han ido implantando de forma progresiva. De hecho, ha habido un periodo de transición desde 2019, en el que ha ido conviviendo la antigua legislación con la nueva. Ya en 2024 estamos viviendo el tramo final de esa transición.
Hasta este año ha seguido vigente el Real Decreto 1036/2017, que regula el uso de drones en España. Además, hasta el 30 de agosto de 2024, como te hemos comentado, se podrán seguir presentando declaraciones de conformidad con los STS-ES. Pero, cuidado, a partir de ese momento, solo podrán presentarse declaraciones operacionales basadas en escenarios europeos, STS-01 y STS-02.
Asimismo, es importante aclarar que, aunque la normativa europea pretenda que todos los países miembro de la UE estén bajo un mismo marco regulatorio, los países seguirán teniendo potestad en algunos ámbitos, como podría ser la designación de las zonas UAS.
De todas formas, como siempre, en One Air te mantendremos al tanto sobre la normativa vigente para informarte de todo lo que debes saber para volar tu dron con la máxima seguridad. Pero, mientras tanto, te recomendamos este post sobre DroneMask, un producto que ha revolucionado los vuelos FPV. ¡Estamos seguros de que te va a encantar!
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